Fuente: El Nuevo Siglo

El experto aseveró que, aunque el reciente terremoto del Chocó aportará una información muy valiosa, sería prematuro modificar parámetros nacionales únicamente a partir de un evento y antes de terminar los estudios científicos correspondientes

Martes, 18 de Agosto de 2026- Redacción Nacional

EL NUEVO SIGLO: ¿Cuál es el diagnóstico de la SCI sobre el comportamiento de las edificaciones formales durante el reciente evento sísmico?

HERNANDO MONROY: Se considera que el comportamiento de las construcciones formales —es decir, aquellas que fueron construidas con la participación de profesionales como arquitectos, geotecnistas, diseñadores estructurales, directores de construcción y supervisores técnicos, y que además se sometieron a los procesos de revisión y licenciamiento— es, en términos generales, satisfactorio.

Sin embargo, en el caso particular de su comportamiento ante el reciente evento sísmico, creemos que lo más responsable es hablar de observaciones preliminares: es necesario consolidar las inspecciones, diferenciar la edad de las construcciones, la norma bajo la cual fueron diseñadas, el tipo estructural, las condiciones del suelo y la intensidad realmente experimentada en cada sitio, y distinguir entre daño estructural y daño en elementos no estructurales.

Una edificación formal tampoco debe considerarse inmune al daño. El propósito de la construcción sismorresistente es, fundamentalmente, proteger la vida y reducir la probabilidad de colapso; frente a movimientos fuertes pueden producirse daños que incluso requieran reparaciones importantes. La Ley 400 de 1997 establece precisamente como objetivo reducir al mínimo el riesgo de pérdida de vidas y aumentar la resistencia de las edificaciones frente a los efectos sísmicos.

Por eso, desde la Sociedad Colombiana de Ingenieros (SCI), que es Centro Consultivo del Gobierno nacional desde la Ley 46 de 1904, consideramos prioritario estudiar técnicamente tanto los edificios que presentaron daños como aquellos que tuvieron un buen comportamiento, en la vivienda formal y en la vivienda informal. Lo importante ahora es realizar las inspecciones y el etiquetado preliminar con las guías oficiales, para determinar si las edificaciones pueden ser ocupadas, si su uso debe restringirse o si deben evacuarse. Como parte de esa inspección, y con posterioridad a ella, se debe recopilar la evidencia necesaria antes de formular conclusiones definitivas.

ENS: ¿Cómo ha evolucionado la norma sismorresistente en el país y qué tan bien responde a la amenaza sísmica actual de Colombia?

HM: Colombia tiene una trayectoria de más de cuatro décadas de desarrollo sistemático de su reglamentación sismorresistente. El proceso tuvo como hitos el Código de 1984; posteriormente, la Ley 400 de 1997 y el Reglamento NSR-98; y, desde 2010, el Reglamento NSR-10, que ha tenido varias actualizaciones parciales y que es el marco reglamentario vigente. La evolución normativa colombiana ha estado estrechamente ligada al aprendizaje de nuestros terremotos, al desarrollo de la investigación y a los avances internacionales de la ingeniería sísmica plasmados en normas y códigos internacionales. 

La propia Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica (AIS) —sociedad correspondiente de la SCI— documenta esa evolución y su participación histórica en los documentos técnicos que han servido de base para los reglamentos nacionales.

Actualmente existe, además, el documento AIS 100-24, preparado por más de cien ingenieros organizados en diez subcomités, a lo largo de aproximadamente quince años de trabajo, como propuesta técnica de actualización de la NSR-10. No es todavía el nuevo Reglamento obligatorio, sino un insumo fundamental dentro del proceso institucional de revisión a cargo de la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, creada por la Ley 400 de 1997.

La amenaza sísmica tampoco es un concepto estático. Los modelos deben actualizarse a medida que aumenta el conocimiento de las fuentes sismogénicas, las fallas, los registros acelerográficos y el comportamiento de los suelos. El reciente terremoto del Chocó aportará una información muy valiosa, pero sería prematuro modificar parámetros nacionales únicamente a partir de un evento y antes de terminar los estudios científicos correspondientes. Además, la amenaza sísmica nacional debe complementarse con estudios de microzonificación sísmica en cada municipio, en especial en los que superan los 100.000 habitantes, pues permiten estudiar y conocer condiciones particulares de sitio que pueden modificar de manera sustancial los efectos de los sismos y que pueden requerir condiciones de diseño especiales.

ENS: ¿Cómo garantiza hoy la Ley de Vivienda Segura que los diseños aprobados se cumplan con rigor durante la construcción?

HM: La ley establece mecanismos de control para verificar su cumplimiento. La Ley 1796 de 2016 fortaleció de manera importante esos controles: para proyectos que tienen o superan los 2.000 m² de área construida, o que forman parte de programas de cinco o más unidades de vivienda, establece, entre otros mecanismos, la revisión independiente de los diseños estructurales por un profesional diferente del diseñador y la supervisión técnica independiente de la construcción, separada del constructor.

Adicionalmente, antes de la ocupación de las edificaciones sujetas a este régimen, el supervisor técnico independiente debe expedir el Certificado Técnico de Ocupación, bajo gravedad de juramento, certificando que la edificación fue ejecutada conforme a los planos, diseños y especificaciones estructurales y geotécnicas aprobadas. Además, en proyectos de vivienda se establecen mecanismos de amparo patrimonial por medio de fiducias o del seguro decenal. Los anteriores requisitos deben acreditarse ante la notaría para el proceso de escrituración.

ENS: ¿Qué fortalezas técnicas e institucionales diferencian al modelo colombiano del de países como Venezuela?

HM: No consideramos conveniente establecer, en medio de esta emergencia, una clasificación entre países ni afirmar que un sistema es simplemente “mejor” que otro sin realizar un estudio comparativo completo, por respeto y solidaridad entre las dos naciones hermanas. Lo que sí podemos explicar son algunas fortalezas objetivas del modelo colombiano.

Colombia cuenta con la Ley 400 de 1997, que estructura las responsabilidades profesionales y los procesos de diseño estructural y geotécnico y de elementos no estructurales, revisión independiente y revisión oficial, así como la dirección de la construcción y la supervisión técnica independiente; con un reglamento nacional de construcción sismorresistente; y con la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes (CAP), creada por ley como órgano consultivo del Gobierno nacional para efectos de sismorresistencia. La CAP tiene funciones específicas de investigación, estudio de zonas afectadas por terremotos, análisis de fallas estructurales, interpretación del Reglamento y orientación de estudios de microzonificación.

A ese esquema se sumaron después la revisión estructural independiente, la supervisión técnica independiente, el Certificado Técnico de Ocupación y las garantías que, como ya se mencionó, fueron introducidos y fortalecidos por la Ley de Vivienda Segura, que surgió como aprendizaje de una tragedia: el colapso del edificio Space.

La principal fortaleza colombiana es la trayectoria histórica e institucional en la que participan el Gobierno, las sociedades técnicas, la academia, los profesionales y el sector productivo, y en la que las normas pueden evolucionar a través de procesos técnicos estructurados.

ENS: ¿Cuáles son las prioridades técnicas que evalúa la Comisión Asesora Permanente para la próxima actualización del código sismorresistente?

HM: La actualización debe entenderse como un proceso integral. La CAP, presidida institucionalmente por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, es el órgano consultivo del Gobierno en materia de construcción sismorresistente y tiene entre sus funciones coordinar investigaciones sobre fallas estructurales y asesorar técnicamente las actualizaciones del Reglamento.

Entre los grandes asuntos que forman parte del proceso técnico están la actualización de los criterios de amenaza y diseño sísmico, los límites de deriva o desplazamiento en caso de sismo, los sistemas estructurales y sus niveles de disipación de energía, las disposiciones para concreto, acero, mampostería, madera y otros materiales, los estudios geotécnicos, el tratamiento de edificaciones existentes y su rehabilitación, los elementos no estructurales, la supervisión técnica y diferentes aspectos complementarios de seguridad. Parte de los avances puede consultarse en las actas públicas de la CAP.

Las diferencias de criterio técnico que se presentan durante una actualización son normales y enriquecedoras. Una comisión plural debe permitir, precisamente, que distintas posiciones sean examinadas con evidencia hasta alcanzar soluciones que combinen seguridad, conocimiento científico y aplicabilidad a la realidad económica y constructiva del país.

El sismo del Chocó seguramente generará información adicional que deberá estudiarse. La prioridad no debe ser incorporar rápidamente conclusiones preliminares, sino garantizar que las enseñanzas que finalmente entren al Reglamento estén sustentadas en datos e investigación.

ENS: ¿Qué exigencias impone la norma para asegurar que hospitales y vías principales sigan operando inmediatamente después de un sismo de esta magnitud?

HM: En el caso de hospitales y otras edificaciones esenciales, el Reglamento NSR-10 establece requisitos superiores a los de una edificación convencional. Los hospitales, clínicas y centros de salud con determinados servicios esenciales se incluyen entre las edificaciones indispensables del Grupo de Uso IV, cuya filosofía es que puedan funcionar durante y después de un sismo.

Las edificaciones del Grupo IV tienen un coeficiente de importancia mayor, de 1,50 en la NSR-10, y deben cumplir requisitos adicionales para limitar el daño y proteger la operatividad de componentes estructurales y no estructurales.

Hay que hacer una precisión fundamental: las carreteras y los puentes no se regulan integralmente por la NSR-10. Los puentes, por ejemplo, están sujetos a normativa sectorial específica; INVÍAS desarrolló la Norma Colombiana de Diseño de Puentes CCP-14 con participación de la AIS. La continuidad de una vía después de un terremoto depende no solamente del puente, sino también de túneles, taludes, laderas, terraplenes, estructuras de contención y condiciones geotécnicas. Por eso, la resiliencia de la infraestructura debe analizarse como un sistema completo y no únicamente como una estructura aislada.

ENS: ¿Cómo avanzan las mesas técnicas con el sector para coordinar con el Gobierno nacional la respuesta inmediata a la emergencia?

HM: Desde la Sociedad Colombiana de Ingenieros hemos manifestado nuestra disposición para poner al servicio del Gobierno nacional y de las autoridades el conocimiento de nuestras comisiones técnicas, sociedades regionales y profesionales especializados. En estos días se han realizado mesas de trabajo con diferentes agremiaciones y sociedades para consolidar trabajos específicos y apoyar al Gobierno nacional. Entre las necesidades identificadas están consolidar los ajustes al documento de la CAP —base para el nuevo Reglamento NSR—, de modo que sirva de insumo para el reforzamiento y la reconstrucción de las edificaciones afectadas, y promover el desarrollo de estudios de microzonificación sísmica para los principales municipios.

En una emergencia de esta naturaleza, creemos que deben distinguirse tres tiempos.

El primero es la respuesta inmediata, en la que la prioridad son las personas: la búsqueda y el rescate, la identificación y el etiquetado de las estructuras potencialmente peligrosas y de las que pueden seguir ocupándose, y la recuperación de los servicios esenciales.

El segundo es la evaluación técnica a fondo, que debe permitir documentar daños, identificar patrones de comportamiento y establecer las causas reales de las fallas que se encuentren.

El tercero es el aprendizaje y la reconstrucción, en el que esa información podrá convertirse en mejores prácticas, fortalecimiento institucional y, cuando corresponda, mejoras a nuestra reglamentación.

Además, desde antes de este terremoto, la UNGRD venía adelantando una iniciativa para desarrollar una guía técnica nacional y un curso certificable de evaluación visual de daños después de un sismo, lo cual evidencia la importancia de fortalecer y estandarizar este componente de la respuesta nacional.

Colombia tiene una amenaza sísmica importante, pero también tiene décadas de conocimiento, instituciones técnicas, universidades, sociedades científicas y profesionales que han construido una cultura de ingeniería sismorresistente. El terremoto debe estudiarse con rigor. Habrá estructuras que enseñen por sus daños y otras que enseñen porque se comportaron adecuadamente. La responsabilidad de la ingeniería colombiana es aprender de ambas. La SCI está dispuesta a aportar su capacidad técnica para que las decisiones que tome el país se fundamenten en evidencia, protejan la vida y permitan que nuestras normas continúen evolucionando con criterios de seguridad, conocimiento y realidad nacional.